Visto todo lo actuado la corte se decidió por declarar culpable al acusado. Aunque las evidencias en su contra distan de ser contundentes, los miembros de la corte decidieron que la liberación del prisionero podría representar un peligro público, una situación innecesaria que puede evitarse sin mayores problemas e, incluso, con provecho para todos. Si la condena no fuera merecida, la corte lamenta el infortunio del sentenciado. No obstante, lo insta a que comprenda las altas razones del bien público que han inspirado su decisión. Tendrá que aceptar que con el orden social no tiene sentido correr riesgos. Antes de dictar su sentencia la corte convoca, otra vez, el buen criterio del condenado. Si fuera inocente tendrá que pensar que su pena es como un sacrificio que desde ya le agradecemos. Deberá sentir que la exigencia que se ha depositado en él resulta, finalmente, un motivo de honra, aunque este hecho no pueda ser públicamente reconocido. Lo invitamos a consolarse considerando que su situación impulsará a la gente hacia el bien y que su mala suerte será entonces la buena fortuna de muchos.

Sentencia: la corte sentencia al acusado con la pena de prisión perpetua, sin derecho a solicitar indulgencia o beneficios carcelarios. Ahora bien, en el entendido de que el sentenciado es joven, y puede trabajar, y además, de que en modo alguno debe representar un costo a la sociedad, se le impone un régimen laboral de 16 horas al día, que serán reducidas a solo 8 el día domingo a fin de que pueda dormir más, y recuperar así un adecuado balance de energías. La jornada de trabajo deberá comprometer y absorber -en su integridad- la vitalidad del condenado. La corte invoca a la inteligencia del recluso para que discierna el trasfondo facilitador de estas disposiciones y las asuma de una manera decidida. Además, en su generosidad, los miembros de la corte deciden revelar al condenado una significativa información: su trabajo será beneficioso para otros puesto que producirá mucho más de los costos que representa mantenerlo en prisión. Por tanto, la corte autoriza al sentenciado a que se sienta orgulloso por ser un contribuyente neto al bienestar social. Se espera que el condenado tome conciencia que brindar esta información es un gesto estimulante y que representa una fineza de la corte. Es decir, una consideración que lo compromete con un comportamiento digno y ejemplar.

Respuesta del inculpado: al ser declarado culpable y recibir mi castigo, quiero agradecer a la corte por la claridad de su juicio. Sus razones no pueden ser más precisas de manera que comprendo perfectamente la situación. Soy inocente pero convengo con la corte que eso no es lo decisivo. En realidad, no puedo descartar el hecho de que algún día pueda hacer algo malo por lo que agradezco la previsión que se me aplica. No puedo dejar de pensar, sin embargo, si mi caso no será el mismo que el de todos los seres humanos. Entonces, me pregunto porque me ha tocado a mí este destino. Sea como fuere, tengo en cuenta que he sido llamado al sacrificio y que debo aceptar con gusto este llamado. Toda persona puesta en mi situación tendría que entender que solo gracias al heroísmo anónimo es posible el bienestar social. Pero, en cualquier forma, me preguntó por qué me ha tocado a mí este cáliz, y no por ejemplo a los miembros de la corte.

Comentarios de la corte: la corte agradece al condenado su comprensión. Lamenta, sin embargo, lo inconducente de sus pensamientos y preguntas. Este lamento testimonia el humanismo y la grandeza de la corte. En efecto, sería una lástima que el condenado gaste energías allí donde no hay nada que pensar. La situación es clara y sin sombras. Es cierto que la corte no puede saber por anticipado quienes pueden obrar mal. Tampoco puede saber si el acusado será uno de ellos. No obstante, lo que la corte si sabe es que el espectáculo de la pena resulta edificante para las personas que no han hecho –aún- algo malo. Nada refuerza más la moralidad pública que la sanción que condena. Y Ud. entenderá que el número de los condenados y las penas que reciben deben ser suficientes como para representar un freno efectivo a las potencialidades maléficas de las gentes. De todo lo dicho, Ud. irá comprendiendo que su caso ha sido presentado en un momento en que convenía ejemplarizar al público. Entonces, no se trata de que Ud. sea mejor o peor que los demás, sino de las circunstancias y conveniencias del bienestar social. Para decirlo con mayor claridad: Ud. es cualquiera y cualquiera puede ser Ud. Todo es cuestión de suerte. De otro lado es un hecho cierto que los miembros de la corte están excluidos de un destino como el de Ud. Pero, ¡aprenda de una vez! es solo la buena suerte que nos ha tocado pues de otra manera si podríamos estar en su lugar. Con todo nuestro cariño y gratitud. (Firmas ilegibles de los miembros de la corte)